Urbanismo detecta un edificio turístico irregular en la calle Pureza
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Carecía de las licencias necesarias y el propietario del inmueble deberá restituir su uso residencial unifamiliar
La transformación turística que está sufriendo Triana desde hace meses es evidente y, al igual que en otros puntos de la ciudad, una de las consecuencias derivadas de este fenómeno es la proliferación de pisos turísticos; algunos de ellos ilegales. Este es el caso del edificio descubierto por la Gerencia de Urbanismo en la calle Pureza, cuyo propietario deberá restituir el uso residencial del inmueble.
Según recogen varios medios locales, la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla tramitó un expediente en julio de 2015 por “obras realizadas sin licencia y no legalizables” en dicho edificio. Por ello, esta entidad ha conminado al responsable del inmueble a devolver el uso residencial unifamiliar al mismo, por no tener la licencia requerida y realizar obras sin permiso para instalar apartamentos turísticos.
En este sentido, “los usos” del edificio de no se adaptaban a la licencia concedida para tales obras, puesto que el inmueble no se había destinado a uso familiar, sino que albergaba tanto viviendas de este tipo, como apartamentos turísticos. La composición del edificio consistía en una planta baja empleada como apartamento turístico, una primera planta con dos pisos turísticos y una segunda planta destinada a «apartamentos con cocina, aseo dormitorio -sin embargo en el momento de la inspección uno se usaba como lavandería y el otro como oficina- y un ático que acogía la vivienda particular del propietario, con una superficie útil inferior a 40 metros cuadrados».
De este modo, tanto el estado del edifico como su uso incumplen la normativa urbanística vigente. El ático, a pesar de ser de uso residencial, se encuentra igualmente en situación irregular porque su superficie útil es inferior a los 40 metros cuadrados. Además, los apartamentos de la segunda planta, si se consideran turísticos, también están incumpliendo la normativa que establece el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), ya que, en caso de concebirlo como un edificio de “uso no exclusivo”, la actividad hotelera solo estaría permitida en la planta baja y en la primera planta. Y asimismo, «tampoco estaría permitido el uso de oficina en esta planta», según indica la Gerencia de Urbanismo, porque, de la misma manera, los usos no se ajustan a la licencia concedida.
Las irregularidades que presentaba el edificio se comunicaron en enero de 2016 al propietario, que no presentó alegaciones al respecto, con lo que la Gerencia de Urbanismo ha procedido este mes a requerir a los responsables del inmueble “el ajuste de las obras ejecutadas a la licencia concedida, restituyendo el uso residencial unifamiliar”.
Redacción